Derecho a la información en Coahuila: una perspectiva desde la justicia constitucional

Autores/as

  • José Luis Leal Espinoza Universidad Autónoma de Coahuila

DOI:

https://doi.org/10.29105/pgc6.12-11

Palabras clave:

derecho a la información, justicia constitucional, políticas públicas, ponderación, transparencia.

Resumen

Los artículos 46, de la Ley de Acceso a la Información Pública y el 9, bis de la Ley de Notariado de Coahuila, establecen como sujetos obligados indirectos a los Notarios Públicos, en razón de que éstos llevan a cabo actos de autoridad. En el objetivo general se establecieron las pautas que el legislador determinó los criterios que se cumplieron en las obligaciones en materia de transparencia. Las razones expresadas en la resolución se expusieron a través de los métodos documental y cualitativo, bajo el cual el juez constitucional instructor del amparo indirecto 186/2016, establece que, contrario a lo expresado por el legislador, al notario no puede considerársele como sujeto obligado indirecto, toda vez que esta figura no encuadra en ningún supuesto relacionado con la coadyuvancia al auxilio o colaboración de las entidades públicas, ejercicio del gasto público, utilizar o disponer de recursos públicos, subsidios o estímulos fiscales, esta razón de forma es entendida en el sentido de que no recibe un sueldo del Estado.

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Publicado

2020-06-07

Cómo citar

Leal Espinoza, J. L. (2020). Derecho a la información en Coahuila: una perspectiva desde la justicia constitucional. Revista Política, Globalidad Y Ciudadanía, 6(12), 207. https://doi.org/10.29105/pgc6.12-11